Política

El Consell presenta una convocatoria para elaborar proyectos para ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes

Actualizado el 30/08/2015 09:28                Compartir

El conseller de Desarrollo Local del Consell de Mallorca, Joan Font, ha presentado este sábado la convocatoria de cooperación técnica para la elaboración de proyectos para ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes.

La convocatoria tiene como principal objetivo dar apoyo técnico a los ayuntamientos con menos recursos de Mallorca.

Desde el Departamento de Desarrollo Local del Consell han recordado que el artículo 28 del vigente Reglamento de Cooperación Municipal establece que la institución insular proporcionará cooperación técnica a los municipios que lo necesiten, tanto para la redacción de proyectos como para la dirección técnica de las obras.

En este sentido, Joan Font ha asegurado que "el Consell no puede dejar desamparados a los municipios que menos recursos, económicos y técnicos, tienen actualmente".

La convocatoria está dirigida a entidades locales de Mallorca de población de derecho igual o inferior a 20.000 habitantes. Éstas podrán presentar solicitudes de cooperación técnica para la redacción de proyectos y la dirección técnica de obras durante el año 2015.

El plazo para la presentación de estas solicitudes es del día 1 de septiembre de 2015 a 30 de septiembre de 2015.

Deberán aportar como documentación la instancia suscrita por la Presidencia de la Corporación Local de acuerdo con el modelo oficial que se adjunta a esta Resolución y una memoria explicativa de la actuación (o actuaciones) para las que se pide la redacción del proyecto y/o la dirección facultativa.

Cada entidad local solo puede solicitar cooperación técnica para la redacción de un solo proyecto y para la dirección también de una sola actuación.

Además, tanto la redacción de los proyectos como la dirección técnica de las actuaciones seleccionadas se llevará a cabo por los técnicos del Consell de Mallorca.

Tendrán prioridad las peticiones de los ayuntamientos de menos habitantes y para obras de las previstas en el artículo 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

Para la redacción de los proyectos es condición necesaria la disponibilidad de los terrenos y que se ajusten a la normativa urbanística municipal y general de aplicación.

La entrega de los proyectos a las entidades locales y la dirección de las obras quedará condicionada a la disponibilidad de los servicios técnicos del Consell de Mallorca.

Los ayuntamientos seleccionados de menos de 6.000 habitantes disfrutarán de estos servicios de manera gratuita, y los de población igual o superior a 6.000 habitantes deberán participar en el coste del servicio.

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