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El juez no admite una querella contra Bauzá por no haber convocado concurso para adjudicar las oficinas de farmacia

El juez no admite una querella contra Bauzá por no haber convocado concurso para adjudicar las oficinas de farmacia

Actualizado el 29/09/2014 13:56                Compartir

El titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Palma, Antoni Garcías, ha inadmitido a trámite una querella interpuesta por un presunto delito de prevaricación contra el presidente del Govern, José Ramón Bauzá Díaz, y contra el conseller de Salud, Martí Sansaloni, en la que un farmacéutico denunciaba que no hubieran convocado concurso de méritos para la adjudicación de oficinas de farmacia por tener "intereses personales en el sector".

Mediante un auto dictado este lunes, el juez justifica la inadmisión en la falta de tipicidad de los hechos denunciados, y considera "desproporcionada" la vía penal al haber además un procedimiento contencioso-administrativo en curso sobre esta cuestión.

También figuraba como querellado el director general de Gestión Económica y Farmacia, Vicente Sánchez, mientras que la denuncia fue posteriormente ampliada contra la secretaria general de la Conselleria de Salud, Lucía Matías, por infidelidad en la custodia de documento y falsedad en documento público y prevaricación.

El querellante alegaba que el anterior Govern había autorizado la creación de nuevas farmacias en Baleares desde febrero de 2009 hasta hasta mayo de 2011, mientras que en octubre y noviembre de ese año se autorizaron dos más. Sin embargo, recrimina que no fue hasta agosto de 2013 cuando el actual Ejecutivo instó la convocatoria del concurso de méritos para determinar a quién debían ser adjudicadas.

Y es que, según una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) sobre este asunto, una vez decretada la autorización de apertura de una nueva farmacia, dentro del plazo de seis meses debe convocarse el concurso.

Algo que, asevera el querellante hizo más tarde el Govern "intereses personales" y porque le convenía "evitar la competencia y la disminución de ingresos", lo que considera así un acto de "comisión por omisión en el que concurren los requisitos de la prevaricación".

En su auto, el magistrado asevera, sin embargo, no entender por qué al término de esos seis meses el querellante u otra persona no instó a la Administración a la publicación de ese concurso, "y es ahora cuando se insta este acuerdo administrativo".

LOS HECHOS "NO TIENEN ALCANCE PENAL", SEGÚN EL JUEZ

El juez recalca finalmente que no se observa un ánimo de lucro directo "sino el interés del buen funcionamiento del servicio farmacéutico", por lo que "no se observa esa arbitrariedad y en consecuencia el actuar a sabiendas de su injusticia", requisitos que deben darse para atribuir un delito de prevaricación. Así, incide en que los hechos no tienen alcance penal y que el querellante "debe seguir el trámite administrativo, obtener la sentencia a su favor e instar su ejecución".

Precisamente, Garcías ya tuvo en sus manos otras pesquisas relacionadas con Bauzá, cuando el año pasado admitió a trámite una querella interpuesta por UGT contra el presidente por presuntos delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación y tráfico de influencias.

En concreto, Bauzá figuraba como querellado por haber empleado a nivel particular los servicios de la Abogacía de la Comunidad Autónoma en la demanda que presentó contra el exlíder del sindicato Lorenzo Bravo a raíz de diversos improperios que éste profirió contra él, y que fue archivada tanto en primera instancia como por la Audiencia Provincial de Baleares.

Sin embargo, la Audiencia ordenó archivar las pesquisas incoadas contra el jefe del Ejecutivo autonómico, al fallar de acuerdo a las consideraciones del Fiscal Superior de Baleares, Bartomeu Barceló, quien apuntaba que las manifestaciones iban dirigidas a Bauzá como presidente y "no como particular", mientras que los querellantes y el juez que admitió la querella sostienen que Bauzá utilizó "indebidamente" los servicios de la Abogacía para "ejercer una acción personalísima a favor de su honor".


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