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La Sindicatura recomienda a seis ayuntamientos reducir el número de cuentas bancarias 'a lo estrictamente necesario'

La Sindicatura recomienda a seis ayuntamientos reducir el número de cuentas bancarias 'a lo estrictamente necesario'

Actualizado el 20/09/2017 06:34                Compartir

La Sindicatura de Cuentas recomienda en un informe a los ayuntamientos de Baleares que reduzcan el número de cuentas bancarias "a lo estrictamente necesario" e implementen un sistema de gestión centralizada de la tesorería, especialmente a los ayuntamientos de Bunyola, Marratxí, Montuïri, Porreres, Sa Pobla y Sant Antoni.

Así lo pone de manifiesto en el apartado de recomendaciones del informe sobre determinados aspectos de la cuenta general de las entidades locales correspondiente al ejercicio 2014, que ha publicado este martes.

Asimismo, la Sindicatura también recomienda a los municipios de las Islas que apliquen el principio contable de devengo con el fin de que el balance refleje todos los pasivos y los activos al cierre del ejercicio, y que mantengan la contabilidad actualizada sin dejar saldos excesivos en las cuentas de pagos y cobros realizados pendientes de aplicación definitiva. El organismo dirige esta recomendación especialmente a los ayuntamientos de Banyalbufar, Estellencs, Montuïri y Petra.

Por otro lado, la Sindicatura también aconseja a las administraciones municipales que utilicen la aplicación informática de contabilidad para hacer el seguimiento de las desviaciones de financiación de los gastos con financiación afectada, especialmente a Andratx, Capdepera, Inca, Llucmajor, es Mercadal y Sant Lluís.

El organismo también hace una mención especial a los ayuntamientos de Deià, Estellencs, Pollença, Sant Antoni y Santanyí cuando les recomienda hacer "una segregación adecuada de funciones" en lo que respecta a la custodia, el registro y el control de la tesorería.

A los ayuntamientos de Binissalem, Escorca, Marratxí, San Juan y Sencelles les pide evitar la aprobación recurrente de expedientes de reconocimiento extrajudicial de crédito, ya que la Ley los establece de excepcionales para la protección de terceros.

Además, la Sindicatura aconseja que las notas o los certificados de las entidades financieras agrupen en un mismo documento todas las cuentas de los que sea titular la entidad local y que especifiquen el titular, la fecha de la certificación, el número de las cuentas, las restricciones respecto a su disponibilidad y las personas autorizadas para disponer del fondo.

Otras recomendaciones son revisar anualmente el cumplimiento de los criterios de adscripción y de dependencia; mantener actualizado el censo de la Plataforma de rendición telemática de cuentas; mejorar la calidad de los sistemas de control interno; y fijar en las bases de ejecución del presupuesto unos criterios para estimar el ajuste en cuanto a los saldos de deudores de cobro dudoso.

LOS SISTEMAS DE CONTROL INTERNO PRESENTAN "DEFICIENCIAS IMPORTANTES"

En base al análisis de la cuenta general de las entidades locales correspondiente al ejercicio 2014, la Sindicatura advierte de que los sistemas de control internos de las entidades locales presentan "deficiencias importantes".

Sólo el 49,1 por ciento de los interventores y el 5,7 por ciento de los tesoreros eran funcionarios de carrera con habilitación nacional, y el 88,7 por ciento de las entidades locales no disponían de una normativa específica para gestionar la tesorería. Además, la Sindicatura apunta que no hay "una adecuada segregación de funciones".

Por otro lado, según los datos analizados, la Sindicatura concluye que el 81,8 por ciento de los ayuntamientos y el 8,6 por ciento de los organismos autónomos "sobrevaloran" el remanente de tesorería para gastos generales.

Además, la Sindicatura también avisa de que un 7,6 por ciento de los ayuntamientos incurrieron en mala praxis contable, por el uso "sistemático, recurrente y por importes muy significativos de la cuenta y la imputación extemporánea posterior al presupuesto, ya sea directamente o mediante expedientes de reconocimiento extrajudicial de crédito.

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